
El STJ resolvió parcialmente el reclamo de la Municipalidad de Esquina por la inclusión del circuito 34 —correspondiente al Municipio de Malvinas— en las elecciones locales del 26 de octubre. El Tribunal reconoció la autonomía del nuevo municipio y dispuso que sus electores queden eximidos de votar autoridades de Esquina, ordenando a la Junta Electoral Provincial emitir certificados que justifiquen esa omisión.
con fundamento en la Resolución Administrativa N° 54/25”. Luego, adhirió a la relatoría y a la solución propuesta por el presidente Rey Vázquez, aunque realizó consideraciones propias sobre la falta de convocatoria a elecciones en el Municipio de Malvinas.
“La dilación en la convocatoria a elecciones municipales de Malvinas neutraliza el derecho del sufragio y vulnera el principio de igualdad cívica”, sostuvo.
Panseri calificó la situación como un “ejemplo paradigmático de omisión estatal que vulnera los principios democráticos y republicanos”, y exhortó a los poderes públicos a garantizar que los nuevos municipios elijan a sus autoridades en un plazo razonable.
El voto del doctor Alejandro Alberto Chain
El ministro Alejandro Alberto Chain adhirió al voto del presidente Luis Eduardo Rey Vázquez, manifestando su coincidencia plena con los fundamentos expuestos.
“Adhiero al voto del Doctor Luis Eduardo Rey Vázquez, por compartir sus fundamentos.”
El voto del doctor Guillermo Horacio Semhan
El ministro Guillermo Horacio Semhan también se pronunció en igual sentido, acompañando los argumentos del voto principal.
“Adhiero al voto del Doctor Luis Eduardo Rey Vázquez, por compartir sus fundamentos.”
https://www.juscorrientes.gov.ar/prensa/el-superior-tribunal-de-justicia-resolvio-parcialmente-el-conflicto-electoral-entre-la-municipalidad-de-esquina-y-la-junta-electoral-provincial/