
El hecho ocurrió en agosto de 2016 en Esquina. El TOP de Goya – hoy Tribunal de Juicio- por mayoría consideró que colaboró y facilitó los medios para que otra persona cometa el delito. La Corte Provincial confirmó la sentencia.
El Tribunal Oral de Goya condenó a una mujer a prisión perpetua por el delito de Homicidio Calificado por el vínculo en calidad de partícipe necesario.
Los fundamentos de la sentencia del Superior Tribunal serán dados a conocer el jueves 29 de julio a las 12 horas, debido al receso invernal.
El hecho
El hecho ocurrió aproximadamente a las 0.30 horas del 4 de Agosto de 2.016 en la ciudad de Esquina, cuando el marido de la mujer condenada regresaba caminando a su casa luego de trabajar.
En ese momento, otro hombre lo atacó disparándole nueve veces con un arma calibre 9 mm. Dos de esos disparos impactaron en su cuerpo y horas más tarde le provocaron la muerte en el hospital local donde fue trasladado por vecinos.
El victimario se dio a la fuga en una motocicleta de 110 cilindradas. Según dos de los miembros del tribunal de juicio, la mujer estaba casada con la víctima y mantenía una relación paralela con el responsable de su muerte. A causa de la mala relación con su esposo le habría encargado que lo matara a cambio de dinero.
Este dinero lo obtuvo de las extracciones del cajero del Banco Nación, sucursal Esquina y sirvió no solo para que abone su estadía en esa ciudad, situación que era común que lo hiciera, sino también, le brindó una suma extra para que pagara su regreso a Rosario donde vivía.
Antecedentes
El 3 de agosto a las 17.30 horas la mujer, a bordo de una motocicleta, dejó a sus hijos en la casa de una amiga y regresó a las 23 caminando, volviendo con los niños a su casa.
Según el tribunal, en el transcurso de esas horas se encontró con el autor material del crimen en algún lugar no identificado, donde habrían ultimado los detalles del crimen y donde la mujer le entregó su motocicleta para que pueda culminar el plan.
Por la acción ejecutada por la esposa de la víctima, el tribunal sostuvo que contribuyó dolosamente en la producción del homicidio, porque colaboró para que se cometa y sin su participación no habría sido posible la ejecución del hecho. Además el autor utilizó una motocicleta con las mismas características que la de la mujer.
El recurso
La defensa particular fundó su apelación porque consideró que no existen pruebas que permitan vincular a la condenada con el homicidio de su esposo.
Sostuvo que los testigos no aportaron datos ni elementos relevantes y verificables por prueba independiente que resulten útiles a los fines de la imputación.
Coincidió con lo que expresó en el voto en minoría el doctor José Luis Acosta respecto que el testimonio más relevante fue el prestado por uno de los testigos que estuvo a escasos metros del lugar del hecho y fue el primero en auxiliar a la víctima.
Éste no pudo aportar ningún dato cierto y concreto que sirva para identificar al asesino. Sería absurdo entonces relacionar a la condenada con una persona que no ha sido reconocida.